En la actualidad es posible reducir las sanciones impuestas por Hacienda en un 25% si se cumplen determinados requisitos. En particular, si no se interponen recursos y la sanción se ingresa dentro del plazo establecido para ello (o si se solicita un aplazamiento aportando garantía en forma de aval bancario o seguro de caución).Pues bien, la futura “Ley contra el Fraude Fiscal” prevé aumentar dicha reducción desde el 25% actual al 40%. Con ello se pretende que haya más contribuyentes dispuestos a dar conformidad a las sanciones y a pagarlas sin demora, aumentando así la recaudación y reduciendo la litigiosidad.Dado que este cambio normativo es inminente, si su empresa está siendo inspeccionada y prevé firmar el acta en conformidad y no recurrir la sanción, le conviene que la revisión se prolongue (para que, cuando le notifiquen la sanción, la reducción sea del 40%). Una alternativa es solicitar al inspector unos días de cortesía (puede solicitar hasta 60).La reducción del 40% también será aplicable para las sanciones acordadas antes de que entre en vigor la nueva ley, siempre que en ese momento no hayan sido recurridas ni hayan adquirido firmeza. Y también será aplicable si, habiendo sido recurridas, se desiste del recurso desde la entrada en vigor de la ley y hasta el 31 de diciembre de 2021, y se satisface la sanción en el nuevo plazo otorgado.

La “Ley contra el Fraude Fiscal” reducirá al 40% las sanciones de Hacienda por no recurrirlas
- | 22 de junio de 2021
- | Gestión de Despachos, Novedades Legales Fiscal
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