En el BOE del pasado 26 de julio de 2021 se publica la Orden JUS/794/2021 que incorpora principalmente tres novedades respecto al modelo utilizado hasta el momento.
- La primera es que, en la instancia de presentación de los modelos de depósito de cuentas se habrá de informar de la fecha de emisión del informe de auditoría, indicación del tipo de auditoría realizada -voluntaria u obligatoria- y el número de ROAC del auditor o sociedad de auditoría que ha emitido el informe, contemplando a su vez la posibilidad de intervención de más de un auditor o entidad auditora.
En este sentido, Suasor ya ha realizado las modificaciones propuestas por la Orden JUS/794/2021 en la configuración del apartado “Datos Adicionales e Instancia al R.M.” para permitir la incorporación de la información exigida.
- La segunda novedad que incorpora la Orden JUS/794/2021 se refiere a la información no financiera. Esta información deberá ser presentada por separado. Según especifica la orden, la enorme importancia de esta información no financiera y la posibilidad de su posterior utilización para la confección de estudios económicos o estadísticos sobre su contenido hacen necesaria su separación, aunque meramente formal, a los solos efectos de la presentación de las cuentas anuales. Dicha separación facilitará ese tratamiento informático posterior.
- El tercer punto al que hace referencia la Orden JUS/794/2021 es sobre la introducción con carácter excepcional y transitorio en el modelo de presentación de las cuentas del ejercicio 2020 de la hoja de declaración COVID 19.
En este sentido, la cumplimentación de la “Declaración Covid 19” deberá realizarse directamente en el programa Depósito de Cuentas, que pueden descargar/actualizar desde AQUÍ.